Ley de segunda oportunidad

Quien se puede acoger a la ley de segunda oportunidad

En este artículo vamos a hablar de quien se puede acoger a la ley de segunda oportunidad, pero antes, vamos a analizar que es la ley de segunda oportunidad, procedimientos, además de algunos datos de interés.

Ley de segunda oportunidad .¿Qué es?

La ley de Segunda Oportunidad es la ley que nos ayuda a librarnos de la deuda que tengamos y no podamos hacerle frente por lo que nos vemos en una situación de sobreendeudamiento.

La ley de Segunda Oportunidad es una ley que entró en vigor el 30 de julio de 2015 para que toda persona física, empresa o autónoma pueda acceder a su derecho.

Para que podamos entender mejor es como el concurso de acreedores para empresas pues esta es para todas las personas físicas.

Requisitos

Siempre cumpliendo unos requisitos, pero dentro de estos requisitos hay dos muy importantes:

  • No tener patrimonio, ni haberlo ocultado.
  • Deudas no superiores a 5 millones de euros.
  • Estado de mora fe
  • Sobreendeudamiento que no sea negligente.
  • Que haya intentado cumplir con sus obligaciones de pago.
  • Que no haya sido condenado por delitos.
  • Que no haya retraso en la solicitud, aunque las personas que meten la solicitud para acontecimientos antes del 2015 tienen excusa ya que la ley es relativamente nueva.

Se evalúan varias cosas a la hora de poder optar a la ley de segunda oportunidad:

  • Los ingresos.
  • Los gastos.
  • Los gatos innecesarios.
  • Los activos, son las cosas que tienes.
  • Los pasivos, las deudas que tienes.
  • Las necesidades individuales.

Fases

En este procedimiento para poder llegar a la ley de Segunda Oportunidad hay que pasar primero por varias fases, exactamente dos fases:

  • Primera fase extrajudicial donde se negocia con los acreedores y se intenta llegar a un acuerdo, si no se llega a ningún acuerdo entonces se pasa a la segunda fase.
  • Segunda fase judicial, un juez lee la sentencia y decida si le quita toda la deuda, una parte o nada.

 

No vale para las deudas de hacienda, la seguridad social y para hipotecas.

Pero podemos leer en el periódico que un juez le ha quitado la hipoteca a alguien y pensamos, ¿pero no decía la ley de segunda oportunidad que no se podían acoger las deudas de hipoteca y deudas con hacienda?

Sí, efectivamente tanto la noticia como lo que dice la ley es verdad, ¿cómo puede ser esto?

Vamos a poner un ejemplo con una hipoteca:

Una familia tiene una hipoteca y cuando va por la mitad no puede permitirse seguir pagándola. Por lo que el banco procede a ejecutar la hipoteca.

Después de que la hipoteca sea ejecutada, esta misma saldría en subasta y vamos a imaginarnos que no se ha podido cubrir toda la deuda pendiente, por ello el propietario debería la diferencia entre la deuda que tenía menos lo que haya cubierto la subasta.

Pero la situación de esta familia una vez que haya pasado la subasta sería quedarse sin casa y aún con la deuda pendiente con el banco, ahí la familia contactaría con abogados para ver si cumple los requisitos y puede tener el derecho a la ley de Segunda Oportunidad.

Si pides la ley de Segunda Oportunidad debes pasar por la primera fase de negociar con el banco llamada fase extrajudicial y si no hay acuerdo pasa a la segunda fase llamada fase judicial que es un juez. Si el juez ve que cumples los requisitos puede quitarte el 100%, el 75%, etc., de la diferencia del dinero que aún le debías al banco al quedarte sin casa y con deuda.

Y ahora vamos a seguir con los ejemplos, para poder entender un poco mejor los casos que podemos ver casos que podrían ser reales.

Vamos a poner un ejemplo con la seguridad social:

Hay que tener en cuenta que una deuda de 100.000€ a la seguridad social o hacienda en realidad son unos 45.000€ ya que la diferencia hasta 100.000€ suelen ser recargos, sanciones, intereses y una vez que se tiene claro la deuda real entonces el juez procede a dar un dictamen y tendrías que pagar el 40% de tú deuda en 5 años.

Datos de interés

Desde que salió está ley hasta 4 años después, solo 9000 personas se han acogido a este derecho.

Por lo que podemos entender que al estado no le beneficia que esto se sepa mucho para que la gente no se acoja a ese derecho, por ello esto no lo vemos en anuncios de la televisión, ni lo vemos en casi ningún sitio.

Hay que tener en cuenta que nunca es todo es un camino de color de rosa como, por ello toda esta ley tiene una parte es buena y otra mala.

Una persona muy conocida que se ha acogido a esta ley varias veces, aunque en su país se llame ley de quiebras, es Donal Trump, el que gracias a eso consiguió volverse a reinventar como empresario.

Es una ley que lleva muchos años en Europa y con un procedimiento mucho más práctico que el que existe en España pero hay que ver la parte positiva de que hemos llegado al nivel de tenerla en nuestro país y poder acceder a ella, ya que todos tenemos derecho a una segunda oportunidad.

Antiguamente en el concurso de acreedores los organismos de Hacienda, Seguridad Social, etc., a ellos no les podías reclamar de que te libraran de toda o parte de la deuda pero con la ley de Segunda Oportunidad, sí que se les puede reclamar la deuda que tienes con ellos aunque no de la misma forma o facilidad que a una empresa privada, es decir, que no pertenezca a ningún organismo público.

Esto son casos, que podrían pasar si hacemos correctamente el procedimiento y cumplimos con los requisitos, también hay que saber que es un procedimiento largo y no es gratuito ya que hay que contratar un abogado.

Esperamos que en este artículo hayas podido aclarar algunas de las dudas que tuvierais respecto a la ley de Segunda Oportunidad.

Recuerda que en Díaz & Soneira somos abogados especialista en reclamaciones de la ley de segunda oportunidad.

Llámanos y valoramos tu caso son compromiso

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