Despido improcedente en 2025: el Supremo confirma los límites de la indemnización (y qué puedes hacer si hay irregularidades)
El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse este mes de julio sobre la indemnización por despido improcedente, aclarando que no puede aumentarse por vía judicial más allá de lo que establece la ley, incluso en casos en los que las circunstancias personales del trabajador sean especialmente difíciles. Este fallo reafirma la doctrina marcada por el propio Supremo en diciembre de 2024, confirmando que la cuantía legal sigue siendo la única aplicable en estos supuestos. En este artículo analizamos qué implica esta decisión, en qué casos puede reclamarse más y qué hacer si sospechas que tu despido ha vulnerado tus derechos.
¿Qué dice la ley sobre la indemnización por despido improcedente?
El despido improcedente se produce cuando el empresario no logra justificar una causa válida para el despido o no respeta las formalidades legales. En este caso, el trabajador tiene derecho a elegir entre la readmisión en su puesto o recibir una indemnización económica.
Actualmente, la indemnización está fijada en 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Esta cuantía está regulada por el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y es aplicable a todos los casos de despido improcedente ordinario.
La sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2025
En su resolución más reciente, el Supremo aclara que esta indemnización no puede aumentarse en los tribunales con cantidades adicionales fundamentadas en las circunstancias personales del trabajador, por ejemplo, por su situación económica, edad o dificultades para encontrar un nuevo empleo.
El Tribunal también señala que las referencias al derecho a una “indemnización adecuada” contenidas en la Carta Social Europea y en el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo no son directamente aplicables para obligar a los tribunales españoles a reconocer indemnizaciones superiores a las previstas en la legislación nacional.
Además, se destaca que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) no son vinculantes para los tribunales internos, ya que dicho comité no es un órgano jurisdiccional y sus conclusiones tienen carácter orientador, no ejecutivo.
Por tanto, el Supremo considera que la indemnización establecida en la legislación española es adecuada, ofrece seguridad jurídica y garantiza la igualdad de trato entre trabajadores.
¿Y si hay irregularidades más graves en el despido?
Es importante entender que el fallo del Supremo se refiere únicamente al despido improcedente ordinario. Sin embargo, hay casos en los que la conducta del empresario excede lo que la ley califica como improcedencia y vulnera derechos fundamentales del trabajador.
En estas situaciones, el despido puede ser declarado nulo, con efectos distintos:
- El trabajador tiene derecho a ser readmitido en su puesto.
- Se le deben abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido.
- Además, puede reclamar daños y perjuicios adicionales si se acredita daño moral, discriminación o acoso.
También es posible abrir una vía civil o incluso penal si la actuación del empresario constituye un fraude grave, acoso, coacciones o cualquier otra conducta ilícita que cause daños adicionales al trabajador.
¿Qué dice el Gobierno sobre la posible reforma?
El Ministerio de Trabajo ha reiterado su compromiso de reformar el régimen de indemnizaciones para adaptarlo a las recomendaciones del Comité Europeo de Derechos Sociales. Según la ministra, esta reforma busca reforzar los derechos laborales y garantizar una compensación más justa y proporcional para los trabajadores despedidos. Sin embargo, por el momento no hay cambios normativos, y la indemnización sigue estando regulada por la legislación actual.
Consejos prácticos si te enfrentas a un despido
- No firmes un finiquito o acuerdo sin haberlo revisado previamente con un abogado especializado.
- Si consideras que tu despido no ha sido únicamente improcedente, sino que ha vulnerado tus derechos fundamentales, explícalo claramente a tu abogado para valorar posibles acciones adicionales.
- Conserva toda la documentación relacionada con tu relación laboral y tu despido.
- Actúa con rapidez: los plazos para impugnar un despido son muy breves.
El Tribunal Supremo ha dejado claro que, a día de hoy, la indemnización por despido improcedente sigue siendo la que establece la ley, sin posibilidad de aumentarla en los tribunales por las circunstancias personales del trabajador. No obstante, si existen indicios de irregularidades más graves, es posible reclamar por otras vías.
En C.Díaz&Soneira Abogados contamos con experiencia para analizar tu caso, valorar todas las opciones y ayudarte a proteger tus derechos. Contacta con nosotros antes de tomar ninguna decisión para garantizar que recibes la indemnización que te corresponde y, si procede, reclamar daños adicionales.